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Ventajas fiscales por donar
Personas físicas (IRPF)
- 80% de deducción para los primeros 250 € donados.
- Sobre el exceso de 250 €: 40% de deducción.
- Fidelidad (mismo o mayor importe en los 2 años previos): 45% en el exceso.
Personas jurídicas (Impuesto de Sociedades)
- 40% de deducción (límite del 15% de la base imponible).
- Fidelidad (mismo o mayor importe en los 2 años previos): 50%.
Emitimos certificado de donación. Las deducciones se aplican conforme a la normativa vigente. Para casos particulares, consulta con tu asesoría fiscal.
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